Para el Letrado Penalista  que actúa en defensa de los intereses de su cliente, es esencial, para el caso de una Acusación, proceder a la incoación de todas aquellas Diligencias de Investigación necesarias para llevar a buen término su objetivo acusatorio y de calificación como delictivos unos hechos concretos. En ocasiones se nos acaban los recursos probatorios existentes en la “escena digital de un crimen” y carecemos de “imaginación” suficiente para solicitar aquellas evidencias aparentemente discretas u ocultas tras una primera investigación.

(Nota:la diferencia entre Letrado y Abogado es que, el primero es, además de Licenciado en Derecho, el profesional que está legalmente autorizado para defender a sus clientes en Juicio y, por tanto, ejercer delante de los Tribunales de Justicia, el Abogado es un Licenciado en Derecho que puede ejercer de Consultor sin actuar ante los Tribunales)

La terminología para los Delitos Tecnológicos

Son Evidencias Electrónicas: “cualquier información almacenada o transmitida en forma digital que cualquier parte en un proceso judicial puede utilizar como prueba”

Según el Art. 3.5 de la Ley 59/2003, de19 de diciembre de Firma ElectrónicaSe considera documento electrónico la información de cualquier naturaleza en forma electrónica, archivado en un soporte electrónico según un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento diferenciado”.

Evidencias¿Cuáles son las Evidencias Evidentes?

Son Evidencias Electrónicas almacenadas, las dispuestas en Vídeos, Imágenes, Audios, Bases de Datos, Pendrives, Tarjetas de llave electrónica, etc..

Son Evidencias Electrónicas, transmitidas el mail, las conversaciones de mensajería instantánea, los documentos enviados, los SMS’s, los comentarios enviados a Redes Sociales, etc…

Cuando he agotado esa vía de investigación, ¿dónde puedo encontrar más información?

Cuando aparentemente se han agotado las vías de investigación hay que mirar a todos los elementos que suele llevar encima el investigado. Uno de los elementos que nunca soltará es el teléfono móvil. Si un Conferenciante preguntara en voz alta a todo su auditorio, quién le dejaría el teléfono móvil durante el tiempo de duración de la conferencia, diría que nadie levantará la mano ni se ofrecerá voluntario. El individuo se identifica normalmente con su teléfono móvil. De hecho, compañías de Telecomunicaciones como Telefónica, está orientando sus productos y servicios bajo el prisma de ese concepto de “identificación del teléfono móvil con el usuario” que es su portador.

TriangulaciónTodos los smartphones están llenos de las Aplicaciones que el usuario se descarga para probar unos u otros servicios. Mucha de la información que podemos encontrar en los móviles se encuentra también en los Registros de las Aplicaciones que en él se contienen. Podemos geolocalizar al investigado por la actividad física que ha venido realizando en los últimos meses gracias a su “renuncia inconsciente” a su derecho a la privacidad al autorizar que todos sus movimientos sean geolocalizados. Una de las aplicaciones que utiliza Telefónica, llamada Drivies, acumula no sólo la geolocalización sino la conducta del conductor al volante, lo cual registra mucha información fácilmente utilizable en un proceso de investigación.

Hemos pasado de encontrar pruebas sólo en las Bases de Datos evidentes, a poder incluso solicitar la triangulación de un Smartphone por las antenas del Teleoperador porque el teléfono del investigado va emitiendo constantemente señales de geoposición.

FitbitSe consiguió determinar con una aplicación vinculada a Fitbit, que el estado de salud de la víctima había mermado tras haber sufrido un accidente de coche.

¿Crees que has agotado las vías de investigación? No lo creo, intenta imaginar más allá de lo visible. Es importante no dejar el caso hasta que “clínicamente se encuentre muerto”. ¿Lo está? ¿No? Sigue buscando.