Hay dos sensaciones que me paralizan en un primer momento:

Una, el tener que asistir a Juicio para defender una alcoholemia. Es evidente. Es una sensación de “estoy haciendo el ridículo más espantoso”. Hay cosas evidentes, son lo que son. Esa es una de ellas. Puro trámite, pienso. Pero hay que pasar por ese revolcón profesional en que el Fiscal te mira, frente a ti, desde el otro lado de la Sala y sientes el veneno que se escurre por los dientes de esa medio sonrisa por debajo del bigote. El Juez con cara de “a ver qué va a decir ésta para defender a su cliente que había bebido un “mucho más de la cuenta”. Intento anestesiar las sensaciones periféricas que me atacan y tras un interrogatorio absurdo, el alegato final con un “borracho”? ¡Pero qué dice!.

Dos, la presunción de veracidad de la Policía. Me paraliza. Es momentáneo, quizás unos minutos. Siempre me ocurre tras leer el atestado. Tras ese tiempo de impronta emocional releo el atestado. Quiero creer que no está bien redactado. Quiero creer que le faltan “piezas” para que sea determinante ese contenido.

Reza la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala 2ª, 346/2014  de 24 de Abril, Fundamento de Derecho Primero:La testifical de los agentes que intervinieron, de cuya veracidad no existe motivo para dudar, constituye el principal elemento probatorio sobre el que se asienta la condena. La presunción de inocencia no obliga a dar más crédito a la versión de acusados. La declaración de los agentes policiales no goza de una presunción de veracidad como dice incidentalmente el recurrente: art. 717 de la Ley Procesal Penal EDL 1882/1. Ha de ser valorada conforme a las reglas de la sana crítica, como cualquier otra testifical. Pero a tenor de esas máximas de experiencia, han resultado razonadamente convincentes en este caso para el Tribunal a quo. Se constata así la existencia de prueba de inequívoco signo incriminatorio y valorada de manera razonada y razonable por el Tribunal.”

Esa presunción de veracidad te hace empezar una defensa por debajo de la línea de flotación, juegas con bastante desventaja. Movida por las garantías de los Derechos Constitucionales que promueven la Defensa Justa de todos, me reto a superarlo. A ello vamos. Tiene que haber fallos, seguro. De la misma manera que no existe el crimen perfecto, no existe la investigación perfecta. Todos somos humanos. Hay que despertar el espíritu investigador, la motivación de ir más allá de lo que haría un agente de policía inspeccionando el lugar de los hechos. Arremangarse, en definitiva.

17724752 - offender with his hands in handcuffsEn una primera lectura estamos ante un Robo en unas Oficinas, ocurrido, supuestamente desde el patio de manzana de una de las manzanas de casas del Ensanche Barcelonés. Estas manzanas de casas tienen una cuadratura perfecta: 133,30 mts de lado. Todas son iguales, aparentemente. La detención se produce dentro del patio de manzana. Son varios, más de uno y de dos. Se produce por la noche. Un vecino a las 4 de la mañana dice que les ha visto. ¿Les ha visto? Imposible. A esas horas y sin iluminación no se ve ni torta. No pueden distinguirse los rostros. ¿De qué estamos hablando? ¿De bultos? Mi cliente dice que puede entrarse fácilmente al patio de manzana desde la calle. Tomo la decisión: “p’allá que me voy”.

17724739 - investigator holding a flashlight searching for evidence

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La inspección ocular también es obligada para los Abogados de la Defensa.  Según la monografía de www.derechoyperspectiva.esLa metodología a llevar a cabo en cualquier inspección ocular consta de siete fases: en primer lugar, reunir la información previa; en segundo lugar, llevar a cabo un reconocimiento previo del cadáver y del entorno; en tercer lugar, realizar un reportaje completo fotográfico y de vídeo de toda la escena; en cuarto lugar, se debe realizar paralelamente un acotamiento previo de carácter preventivo – lo que se conoce como perímetro de seguridad – e ir observando el entorno para acotar los distintos indicios; en quinto lugar, la policial judicial que acuda a la escena tiene la obligación de colaborar con la comisión judicial que se encuentre presente en la escena de los hechos; en sexto lugar, cumplimentar el protocolo de cadáveres (si los hubiese) y en séptimo lugar, levantar un croquis del lugar y del cadáver, cogiendo diversas referencias para posteriores medidas y reconstrucciones.

¿Cómo contradecir una versión? Empiezo a darle vueltas a la manzana. Tiene que existir forma de entrar. Efectivamente. En una de las calles hay un aparcamiento, abierto las 24 horas. Me adentro en el parking y veo al fondo unas escaleras que ascienden y dan acceso al patio interior de la manzana. El aparacamiento es muy grande. Tiene dos puertas de entrada de vehículos y la garita del vigilante no alcanza a ver quién entra o sale de ambas. Se limita a cobrar el tiempo del estacionamiento. Sigo dándole vueltas a la manzana de casas. En otro lateral hay una casa mucho más baja que los edificios entre los que se encuentra construida. Observo. Esta construcción tiene sólo dos plantas. Es una cosa “rara” en medio de dos altos edificios de mínimo 8 plantas. Veo que esa casita tiene ventanas con rejas. Alzo la vista y veo que en un pequeño salto puede llegarse hasta alguna terraza del patio de manzana. ¿Se puede? Voy a probar.

16730333 - pair of dress women shoes isolated over whiteDejo el bolso en el suelo, la chaqueta, el casco. Sé que me voy a destrozar los tacones y que me juego que “pase algo o alguien”. Bueno, ya hay una mujer que me mira raro. Ahora o nunca. Empiezo a escalar el muro de la casa. Poniendo un pie en una ventana, cogiéndome a la reja, a la siguiente ventana y …..¡la leche! Se puede subir desde la acera al patio de manzana. Fotos del móvil. Contrarrestando la versión de la policía. Ellos no estaban en el momento de producirse los hechos, yo tampoco, pero no sé si ellos han escalado. Yo sí lo he hecho. Me la juego, a esa carta. Quizás sea la buena, la que me ayude a neutralizar la presunción de veracidad. Quizás, sólo quizás. Esperaremos a la Sala, y a la Sentencia.

Bibliografía:

Presunción de veracidad vulnera la presunción de inocencia.

 http://elblogderamon.com/la-presuncion-de-veracidad/

Plan Cerdà

http://www.anycerda.org/web/es/any-cerda/fa-150-anys/el-pla-cerda

La inspección ocular técnico-policial

http://www.derechoyperspectiva.es/2015/12/21/la-inspecci%C3%B3n-ocular-t%C3%A9cnico-policial/

Acerca de la Presunción de Veracidad – STSupremo

Sentencia del Tribunal Supremo, Sala 2ª, 346/2014  de 24 de Abril